Ilustre Sr. Decano e Ilustr es miembros de la Junta de Gobierno del ICAM:
La Junta directiva de ALTODO quiere significar acerca de la grave irregularidad que supone la decisión del ICAM de enviar a un empleado, que no es licenciado en derecho, a ejercer labores de asesoría jurídica a los extranjeros que esperan en la sala de rechazos en frontera a que tramite su expediente de devolución.
Nuestra Asociación en diversas ocasiones ha manifestado que sería deseable y razonable la presencia permanente de miembros del SOJ de extranjería (colegiad@s ejercientes, por supuesto) para dar una primera asistencia a los inmigrantes en esta situación, de tal manera que al abogad@ de guardia en extranjería solo se le llamara para atender a aquellas personas que manifestaran expresamente su decisión de recurrir, pues en los demás casos entendíamos y entendemos que ninguna Ley exige la asistencia letrada para notificar una resolución administrativa.
Con buena fe expusimos esta opinión, como siempre hemos hecho en todas las negociaciones que hemos llevado a cabo con el Colegio y otras instituciones.
Ahora nos encontramos con la equivocación que supone que el ICAM (ignoramos de quien ha partido la referida iniciativa, si la responsable del Departamento de Turno de Oficio o la propia Junta de Gobierno) ha decidido enviar a un administrativo, que nos consta por el testimonio de decenas de compañer@s, que tiene por principal función hacer una primera explicación a los viajeros de lo que supone el expediente de rechazo en frontera en el que se encuentran inmersos, sus consecuencias y las posibilidades de impugnación, lo cual, inequívocamente tiene un patente contenido de consejo jurídico, reservado por Ley a l@s abogad@s colegiad@s.
Por si este hecho, que podría rozar el intrusismo profesional, incluso presuntamente sumido en la tal figura delictiva, no fuera suficientemente grave nos encontramos también con la desagradable situación, confirmada por decenas de compañer@s, de que el Departamento de TO no expide la designación provisional, a pesar de que los justiciables han firmado el impreso de justicia gratuita y el modelo de apoderamiento suministrado por el propio ICAM porque, a su vez, han firmado al mencionado empleado un documento (del que no se nos ha facilitado copia) expresando su intención de no reclamar.
Nuestros soci@s y demás compañer@s del Turno de Oficio nos demandan para que iniciemos acciones legales con carácter inmediato, en orden a poner fin a esta situación, por lo que sólo nuestra habitual prudencia y sentido de la responsabilidad nos mueven a plantearos por medio de esta misiva una corrección de la mencionada situación a la mayor brevedad posible, con el objeto de que este asunto no sea preciso tenga que dilucidarse judicialmente, con las consecuencias negativas que ello podría suponer.
Por otra parte, queremos mostrar públicamente nuestro rechazo a la tergiversación que se ha hecho respecto a la participación de miembros de nuestra Asociación en el Observatorio de la Justicia de Extranjería.
En las reuniones celebradas se ha tratado exclusivamente de la elaboración de un protocolo de actuación en la materia del que, conviene recordarlo, siempre hemos sido sus principales valedores. Ahora nos encontramos sorpresivamente que, coincidiendo con su presentación pública, se han implantado unas medidas tendentes a acabar con el turno de oficio de extranjería por la vía de hecho y de las que se nos quiere hacer participes por haber colaborado en la confección del indicado protocolo.
Pues bien, queremos dejar claro que estamos totalmente en contra de la decisión adoptada por el Departamento de Turno de Oficio de negarse a efectuar las designaciones provisionales, tanto en los supuestos mencionados de rechazo en frontera, como en los supuestos, aún más gravosos para los afectados, de las expulsiones.
Consideramos descabellado exigir la aportación de un informe de vida laboral de quien, por imperativo legal, no puede trabajar en España; o pedir inexcusablemente copia del pasaporte a personas que muchas veces están indocumentadas. La decisión de requerir estos dos documentos, junto al certificado de empadronamiento, ha sido implantada de la noche a la mañana sin que sepamos a estas alturas si ha sido adoptada por el propio departamento del Turno de Oficio o por la Comunidad de Madrid.
En cualquier caso, nos parece que su finalidad es abrumar al ciudadano más indefenso y más pobre con obligaciones formales de difícil cumplimiento, con el único objetivo de buscar una causa de justificación para negarle el derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la tutela judicial efectiva.
Mientras no se nos ofrezca una explicación razonable y coherente sobre esta cuestión tenemos que entender que el ICAM comparte las manifiestas intenciones de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, en aras de la liquidación definitiva del derecho a asistencia jurídica gratuita de los extranjeros en situación irregular, a pesar de que es un derecho fundamental reconocido en dos leyes orgánicas, la de Extranjería y la de Asistencia Jurídica Gratuita.
Lógicamente, ya que una cosa es que dicha Comisión no conceda finalmente el derecho y otra, muy distinta, es que nuestra Corporación no libre la designación provisional, pues ello supone que nuestra actuación profesional, a partir de ese momento, queda totalmente desamparada, dejando a los extranjeros a quienes se ha notificado la incoación de un expediente de expulsión en una situación de total indefensión.
A partir de ese momento ¿qué debe hacer el abogad@? ¿despreocuparse y dejar vencer los plazos, sin presentar unos recursos que nunca cobrará, aún a sabiendas de que los intereses de su cliente pueden verse perjudicados? ¿seguir llevando el asunto gratis? ¿presentar la demanda y luego reclamar los honorarios a un cliente que la mayoría de las veces tiene los mínimos recursos para subsistir?
Por otra parte, también queremos poner en evidencia que estamos a día 16 de julio y la Comunidad de Madrid no ha abonado el primer trimestre; nada se sabe de la actualización de los baremos; y el ICAM, sin explicarnos los motivos y razones, se ha mostrado pasivo en la reclamación de los intereses de demora de los pagos anteriores.
En resumen, todas las promesas efectuadas por el Consejero de Justicia al Decano en el mes de febrero y que sirvieron para detener provisionalmente nuestras justas y legítimas protestas han resultado incumplidas, y objetivamente se nos ha engañado, pero como ninguna quedó plasmada por escrito (ya advertimos que era una práctica de mal abogado llegar a acuerdos sin ningún reflejo documental) no podremos reclamar judicialmente su cumplimiento.
Francamente, nunca ha estado peor el Turno de Oficio madrileño que en este momento e, incluso, comparativamente hablando nos consta que bastante peor que en otras CC.AA., aún más si cabe que en ámbito de Colegios con un número de colegiad@s mucho menor que el de Madrid y Alcalá de Henares.
Deseándoles pasen unas merecidas vacaciones, reciban un cordial saludo de,
La Junta Directiva de ALTODO (Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno).