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  :: Servicio de Noticias Domingo   05 de septiembre de 2010  
 

Desde Cataluña

 

Foto del Lujosisimo Hotel donde las Juntas de Gobierno de los Colegios Catalanes, la consellera Montserrat Tura, el Exdecano Eugenio Gay, entre otros, debatieron el proyecto durante su aprobación, por supuesto el coste a cargo de los abogados catalanes: que no fuimos invitados.
 
      Aprovechando las vacaciones de semana santa, y tras la reciente confirmación del TS, de la nulidad del Codi de L´advocacía Catalana. La Generalitat de Catalunya ha publicado con fecha 6 de Abril de 2009, la Resolución por la cual aprueba la nueva Normativa de la Abogacía Catalana.
El anterior Codi fue anulado por exceder su regulación de lo que es propiamente la deontología profesional e invadir materias reservadas a ley. A consecuencia de ello, tras el traspaso de la competencia en materia de colegios profesionales a la Generalitat de Catalunya, cuestión que pende de recurso de que el TC se pronuncie sobre la constitucionalidad del art. 125 del EAC, refrendado el 18 de Junio de 2006, se aprobo por el Parlament de Catalunya la ley 7/2006 de Col.legis Professionals de Catalunya. En esta ley se atribuye a los Consejos autonómicos la postestad normativa y bajo el amparo de esta norma, la Junta de Silvia Gimenez Salinas, actual presidenta del Consell de Col.legis de Catalunya y el diputado responsable de la deontología profesional del ICAB, Cristobal Martell, trabajaron en la aprobación Incial de esta normativa. A diferencia del anterior Codi, que fue aprobado en un Congreso de l´Advocacía Catalana, este proyecto de Normativa es un completo desconocido para la mayoría de abogados. No ha sido fruto de ningún congreso, no se ha podido debatir, es más infringe la misma norma que le da luz verde: La ley 7/2006 de Col.legis Professionals de Catalunya, ya que ha sido aprobado sin dar respuesta a las alegaciones que se habían formulado por muchos compañeros.
Esta Normativa cambiará radicalmente el ejercicio de la Abogacía Catalana, en la misma línea que los recién aprobados estatutos del ICAB, se tiende a imitar la abogacía anglosajona. Las principales novedades de esta Normativa son: La articulación del deber-derecho de seguir una Formación Continuada, que será homologada por el Consell de Col.legis d´Advocats de Catalunya y en la que participarán Consejo, Colegios y Universidades y por supuesto no será gratuita para el abogado. Para los abogados del Turno de Oficio: Se exigie un Plus de Formación Continuada, que tampoco será Gratuita para el abogado. En cuanto al Turno de Oficio una de las novedades más sorprendentes es que se realizarán controles de calidad, sin hablar de parámetros ni de procedimientos concretos, de forma totalmente arbitraria y eso si a cargo de La Generalitat de Catalunya. En cuanto a la lengua catalana que establece como lengua "preferente", los abogados del turno de oficio tendrán la obligación de atender al Justiciable en la lengua que elija. A mi juicio, ese no es el término correcto si lo que se pretende es decir que debemos conocer la lengua catalana, para que el Justiciable, pueda expresarse en la lengua que elija. Esa Expresión confusa no hace más que obligarnos a que si el cliente quiere el abogado, tenga que expresarse en la lengua que el elija. ¿Dónde quedan los derechos lingüísticos de los Abogados?. Además la supuesta normalización lingüística del catalán, nos va a pasar factura, ya que los colegios tiene obligaciones respecto a la elaboración de formularios en Catalán y otras actividades de promoción de la lengua. Los Abogados tendremos que financiar la normalización lingüística del Catalán. Por otra parte, los abogados catalanes, seremos diferentes de todo el resto de abogados del estado y se impondrán sanciones de 6.000 a 50.000 Euros, sin que ni siquiera se definan con exactitud las conductas, que pueden dar lugar a una Infracción, leve, Grave o muy Grave. Están incluso previstas las suspensiones cautelares en el ejercicio de la abogacía.
Y todo ello porque la alta burguesía catalana, desde los distintos partidos políticos Catalanes, accedió a la Junta de Gobierno del ICAB, de otros Colegios Catalanes, y del CICAC. Porque la pasividad de los que tienen que estar cada día en el Juzgado, vive ajena a la vida colegial que tanto nos afecta a todos. Es de Justicia que la Junta del ICAB, colegio con mayor número de abogados catalanes y con especial peso en el Consell de Col.legis de Catalunya, reciba lo que merece y se la situe en el lugar que le corresponde. Por ello la moción de censura formulada por ALTODO CATALUÑA, viene en el mejor momento, y esperando que si la Junta no se niega a convocarnos, se celebre esa esperada y necesaria moción de censura, os pedimos desde ALTODO CATALUÑA, no sólo vuestra asistencia y vuestro voto para la aprobación de la moción de censura, sino vuestra colaboración para llevar a cabo distintas acciones reivindicativas y exigir la retirada de esa normativa.
VANESSA GONZÁLEZ FORNAS
PRESIDENTA ALTODO CATALUÑA

 

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